Abogados en Delitos del Fuero Común

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Los delitos del fuero común son los que se establecen en los códigos penales de cada entidad federativa y afectan directamente a las personas en lo individual. Cada Código Penal o Código de Justicia Penal (como es nombrado en algunos de los Estados) prevé una serie de delitos y penas que varían en cada caso.

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I
Fraude

Consiste en un engaño para obtener un bien patrimonial, haciendo creer a la persona o la empresa que paga que obtendrá algo que, en realidad, no existe. Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido. Artículo 386CPF.

II
Administración Fraudulenta

Comete el delito de administración fraudulenta el que teniendo a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes ajenos, con engaños o aprovechamientos de error del ofendido, perjudique a su titular o a un tercero con legítimo interés, o altere en sus cuentas los precios o condiciones de los contratos, suponiendo operaciones o prestaciones o exagerando las que hubiere hecho, ocultando o reteniendo bienes, o empleare abusivamente los bienes o la firma que se le hubiere confiado.

III
Cobro de Cheques Sin Fondo

La entrega de un cheque sin fondos, un cheque de una cuenta cancelada o, bien, se negara a pagarnos de otra forma, entonces estaríamos enfrentándonos al problema de fraude y existiría la opción de entablar una demanda mercantil.

IV
Robo

Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley. Artículo 367 CPF.

V
Daños

El daño en propiedad ajena a que se refiere el artículo 397 del Código Penal Federal, no es propiamente un delito de resultado, incluso a pesar de su denominación, no es necesario que haya un daño, en el sentido literal de la palabra para que se castigue, pues como establece en este artículo se castiga al que cause daño o peligro, enfocándose en el medio y en las cosas que pudieran dañarse.

VI
Lesiones

Consiste en causar lesiones a una persona, entendiéndose por estas según el artículo 288 del Código Penal Federal, toda alteración en la salud o daño que deje huella material en el cuerpo.

VII
Despojo

Quien de voluntad propia y utilizando violencia física o moral, engaño o furtivamente, ocupe un inmueble ajeno, haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca.

VIII
Narcomenudeo

El narcomenudeo lo podemos definir como la posesión, comercio, suministro o cualquier otra conducta que se realice con narcóticos previstos en la tabla de la Ley General de Salud.

IX
Amenazas

El delito de amenazas, constituye el anuncio de un mal que ha de recaer sobre persona determinada, y de tal modo grave que afecta su tranquilidad.

X
Delitos de Carácter Sexual

Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula. A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días multa.